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#ExpedienteDelPoder

LA AMNISTÍA PESQUERA

El artículo 19 de la Ley N° 30230 no solo permitió perdonar y reducir multas millonarias a las compañías mineras y petroleras. Conoce cuáles son las empresas favorecidas de la gran industria pesquera del Perú, la segunda más importante a escala global.


Milagros

Análisis
Por Milagros Salazar* @milagsalazar
Domingo, 18 de septiembre de 2016

En el Perú, las autoridades perdonaron 1.83 millones de dólares a la empresa de capitales argentinos, Pluspetrol, por desaparecer una laguna en la Amazonía. Esta laguna llamada Shanshococha, en la región Loreto, era fuente de alimento de cientos de pobladores de la comunidad de Nuevo Andoas. En los Andes, en la región Junín, se le redujo otra multa también por unos 1.8 millones de dólares a Doe Run Perú, la filial nacional fundada por el multimillonario estadounidense Ira Renner, que incumplió de manera reiterada sus obligaciones ambientales con el Perú mientras operó la fundición de La Oroya, fuente principal de contaminación de los niños, madres gestantes y decenas de pobladores de esta ciudad considerada como una de las más contaminadas del mundo.

Todo se hizo amparado en el artículo 19 de la Ley N° 30230 que impulsó el Poder Ejecutivo durante el régimen de Ollanta Humala y que luego fue aprobada por el Congreso, en medio de presiones del poder corporativo y las redes del lobby (Ver: “Quiénes estuvieron detrás del Paquetazo ambiental”) Convoca.pe calculó que en los primeros ocho meses de aplicación de la norma, se perdonaron y redujeron multas que llegaron a superar los 55 millones de soles en el sector minero e hidrocarburos (unos 20 millones de dólares).

Fuente: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Elaboración: Convoca.pe

A más de dos años de la implementación de la norma, el costo de la impunidad ambiental sigue creciendo. En un nuevo análisis realizado por nuestro equipo para #ExpedienteDelPoder, se pudo identificar que hay 543 procesos sancionadores suspendidos contra compañías del sector minero y de hidrocarburos en la primera y segunda instancia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) entre julio de 2014 y junio de 2016. Los casos de estos dos sectores representan el 64% de los procesos sancionadores ratificados (firmes) sin considerar aquellos que aún están pendientes de resolver por la última instancia de OEFA.

El presidente Pedro Pablo Kuczynksi en la presentación del ministro de Producción Bruno Giuffra. Foto: Andina.

Pero en la lista de compañías beneficiadas por la ley han pasado inadvertidos más de 200 casos de la industria pesquera peruana, considerada la segunda más importante a escala global después de China.

Las compañías de la pesca industrial, dedicada fundamentalmente a la producción de harina de pescado para exportar a Asia, son las que más han salido ganando con la norma después de las empresas de hidrocarburos debido al congelamiento de las multas en la primera instancia de OEFA. La sanción económica en esta instancia fue reemplazada por medidas correctivas que en muchos casos resultan risibles para lograr disuadir a las empresas infractoras de acuerdo con la revisión realizada de las resoluciones sancionadoras. Mientras que en la segunda instancia, lo que se ha aplicado es la reducción de las multas a un 50 por ciento.

En la lista de las compañías pesqueras más favorecidas en la primera instancia de OEFA aparecen las que dominan el mercado: Tecnología de Alimentos S.A. (TASA), Corporación Pesquera Inca S.A.C. (Copeinca), CFG Investment S.A.C., Pesquera Exalmar S.A.A (que tiene como directora a la conocida abogada Cecilia Blume y tuvo en su directorio al presidente Pedro Pablo Kuczynski), Pesquera Hayduk S.A. y Pesquera Centinela S.A.C., mientras que en la segunda instancia figuran Austral Group S.A.A. y Compañía Pesquera del Pacífico Centro S.A. con dos posiciones más abajo (Ver gráficos).

Estas ocho empresas pesqueras se han favorecido con una amnistía que les han permitido dejar de pagar entre 3 millones 705 mil soles (más de 1 millón 135 mil dólares) y 5 millones 872 mil soles (más de un millón 799 mil dólares) por multas suspendidas y reducidas si se considera los rangos máximos y mínimos de las multas que los propios funcionarios de OEFA han reportado en las resoluciones de sanción**. La mayoría incumplió las exigencias de los Estudios Ambientales o Planes de Manejo Ambiental, entre otras cosas, para monitorear las emisiones por la producción de harina de pescado, evitar malos manejos de residuos sólidos considerados peligrosos y otras obligaciones para proteger el medio ambiente, a las poblaciones costeras que rodean estas plantas pesqueras y al mar peruano de efluentes contaminantes.

La aplicación de la norma ha permitido que no sólo se dejen de cobrar multas por infracciones probadas por los propios inspectores del Estado sino además que no se apliquen sanciones como la suspensión de la licencia por tres días para la operación de algunos procesos de las plantas harineras, de aceite o de pescado congelado que debería aplicarse cuando las empresas no cumplen, por ejemplo, con monitorear las emisiones contaminantes que se generan con la producción. Con la aplicación del artículo 19 de la Ley N° 30230, la suspensión de la licencia ha sido reemplazada en casi todos los casos por una medida correctiva hecha a la medida de las empresas: la capacitación del personal para informarles que deben cumplir con las leyes y luego de ello el envío de un reporte a OEFA. De esa manera la planta sigue operando, no hay pérdidas económicas para las compañías y nadie se entera de nada.

Las pesqueras favorecidas, esta vez con la Ley N° 30230, también encabezaron el ranking de las empresas que subreportaban miles de toneladas de anchoveta en las balanzas instaladas dentro de sus plantas harineras y que debían ser fiscalizadas por los inspectores del Estado. A lo largo de dos años investigué las enormes diferencias entre la cantidad de pescado que los patrones de los barcos reportaban en los muelles a los inspectores y la cantidad que finalmente se registraban en las balanzas. Esta discrepancia tenía un peso millonario. Si el pesaje no es correcto, ello significaba un menor pago de derechos de pesca al Estado y a los pescadores, que cobran por tonelada pesada.

De acuerdo con la amplia investigación que publiqué en IDL-Reporteros, la cantidad de anchoveta que se esfumaba de las balanzas de las plantas equivalía a unos 100 millones de dólares si se comparaba los registros de pesca declarada y pesada en la segunda temporada de pesca de 2009 y las dos temporadas de 2010. En una ampliación del período de análisis como parte de un trabajo colaborativo con el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ), la enorme diferencia de cantidad de anchoveta, por la que no cobraba el Estado ni los pescadores, llegaba a tener un valor que bordeaba los 200 millones de dólares.

Estas mismas compañías ahora son premiadas con una amnistía ambiental amparada por una norma con un alto costo social y económico para el país sobre el cual aún no se ha pronunciado el presidente Kuczynski ni los ministros de los sectores involucrados a pesar de las abundantes evidencias de impunidad. En medio de este silencio, un proyecto de ley del congresista por la región Puno, Oracio Pacori del Frente Amplio, puede abrir la oportunidad para iniciar un debate nacional sobre la aplicación de esta norma. Pacori presentó el viernes 16 de setiembre a Oficialía Mayor del Congreso una iniciativa que plantea derogar el artículo 19 de la Ley N° 30230 para recuperar las facultades sancionadoras de OEFA, que depende del Ministerio del Ambiente.

Infografía sobre pesca declarada y pesca pesada. Elaboración: IDL - Reporteros

Como parte de la argumentación de la propuesta de Pacori, se cita los hallazgos de la serie investigativa ‘Excesos sin Castigo’ de Convoca.pe que puso al descubierto el impacto de la norma. Esta semana la iniciativa debe seguir su ruta en el nuevo Congreso dominado por los fujimoristas y, sin duda, pondrá a prueba a los nuevos parlamentarios y sus intereses. Desde aquí estaremos atentos sobre lo que se diga, se calle y lo que se haga en relación a esta ley que ha permitido vergonzosamente enterrar el recojo de evidencias de daños ambientales en el territorio peruano.

*Con la colaboración del periodista Aramís Castro en el análisis de los datos. Foto de portada: Embarcaciones pesqueras en Chimbote, región Áncash. (Foto: Andina).
** Para llegar al monto se revisaron las resoluciones de sanción de OEFA donde aparecen las multas en Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Se estableció el valor de cada UIT según el año de la sanción impuesta y se transformó a dólares de acuerdo al tipo de cambio de cada año.
Milagros Salazar es directora de Convoca, periodista especializada en el análisis de bases de datos, docente universitaria, miembro del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) y del Investigative Reporters and Editors (IRE). Se ha especializado en investigar los vínculos del poder corporativo y las altas esferas del poder político peruano. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, egresada de la Maestría de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica, con estudios en gobernabilidad, pueblos indígenas, medios de comunicación y democracia en programas de la Universidad George Washington, la PUCP y PNUD.

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